Este es el incremento del canon de arrendamiento para el 2020
Según el Diario Portafolio, hasta un 3.8% podrá subir los arriendos en el país, como lo explicó la Federación de Lonjas de Propiedad Raíz (Fedelonjas). Según las cifras presentadas por el presidente del gremio, Daniel Vásquez Franco y entregadas por el medio económico el incremento impacta cerca del 34% de la población que habita en viviendas en arriendo, además en estas cifras se señaló que el mercado de los arriendos en Colombia asciende a 27,12 billones de pesos anualmente y la mayoría de las viviendas en alquiler se concentran en los estratos 2, 3 y 4. Para tener en cuentaLos cánones de arrendamiento no aumentan inmediatamente en enero, el incremento lo recibe el arrendatario cuando cumple un año de haber firmado el contrato de arrendamiento o por períodos de 12 meses contados a partir de la fecha en la que se le implementó el último incremento. Según el medio Portafolio donde se cita esta precisión del Presidente de Fedelonjas "el aumento definido es legal siempre y cuando “éste no supere el 1% del valor comercial del inmueble o de la parte de él que se encuentre arrendada”. Así mismo destaca que "los reajustes no aplican para contratos de arrendamiento de inmuebles para uso comercial. En estos casos, tanto el valor como el incremento deberán acordarse entre las partes o de acuerdo a lo que quedó consignado en el contrato de arrendamiento porque están sujetos al Código de Comercio" Recomendaciones de FedelonjasSegún la Revista Dinero, el presidente de Fedelonjas recomienda tener presente los siguientes puntos por parte de arrendadores y arrendatarios:
Por último " se aconseja buscar asesoría adecuada para la correcta elaboración del contrato" Ejemplo de incrementoSi usted paga $1.200.000 por el arriendo de su vivienda + $100.000 de administración. El incremento se aplica al valor del arriendo: 3.8% de $1.2000.000 es de $45.600 el cual aplica cuando se cumpla el año de contrato. La administración mensual, según Diario Portafolio, sube cuando lo autorice la asamblea a partir del primero de abril de 2020 o cuando ésta lo indique. La administración se incremente en un momento diferente al del arrendamiento.
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