¿Cuándo puedo pedir el inmueble a un inquilino?

Como propietario es importante que conozcas las razones por las cuales se puede dar la terminación del contrato con justa causa:

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1. Cuando el arrendatario no cancele las rentas y reajustes dentro del término estipulado en el contrato.

2. Cuando no se cancelen los servicios públicos, que cause la desconexión o pérdida del servicio.

3. El subarriendo total o parcial del inmueble, la cesión del contrato o cuando se cambie la destinación del mismo sin autorización del arrendador.

4. Cuando constantemente el arrendatario afecte la tranquilidad ciudadana de los vecinos.

5. La realización de mejoras, cambios o ampliaciones del inmueble, sin expresa autorización del arrendador.

6. La violación por el arrendatario y/o coarrendatario a las normas del respectivo reglamento de propiedad horizontal cuando se trate de viviendas sometidas a ese régimen.

Existen varios casos en los que el arrendador podrá dar por terminado unilateralmente el contrato de arrendamiento a la fecha de vencimiento del término inicial o de sus prórrogas por alguno de los siguientes motivos (con una antelación no menor a tres meses a la referida fecha de vencimiento):

A.

Cuando tú, como propietario necesites ocuparlo para tu propia habitación, por un término no menor de un año.

B.

Cuando el inmueble tenga que demolerse para efectuar una nueva construcción, o cuando se requiere desocuparlo con el fin de ejecutar obras independientes para su reparación.

C.

La plena voluntad de dar por terminado el contrato, siempre y cuando, el contrato de arrendamiento cumpliese como mínimo cuatro años de ejecución. En este caso el arrendador deberá indemnizar al arrendatario con una suma equivalente al precio de uno punto cinco (1.5) meses de arrendamiento.

Igualmente se puede realizar la terminación unilateral del contrato sin justa causa durante las prórrogas del mismo, con previo aviso por escrito dirigido al arrendatario y los coarrendatarios, con una antelación no menor de tres meses y el pago de una indemnización equivalente al precio de tres (3) meses de arrendamiento.

Desde nuestros servicios de arrendamientos y bienes raíces te daremos la asesoría necesaria en este proceso. Visítanos en nuestras sedes ubicadas en las principales ciudades del país.

 

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